LEY DE DEPENDENCIA
En la última sesión del grupo de familias de
Avi Amunt y CR Amunt respondimos algunas preguntas sobre la Ley de Dependencia
y las aplicaciones prácticas en nuestros centros. A continuación, algunas de
las preguntas que respondimos:
¿Cuál es el proceso de valoración?
El proceso de valoración es muy sencillo, una
vez se presenta toda la documentación requeriada se valora, comprueba y se
introducen los datos en el aplicativo informático de la dependencia. Esta
documentación se envía al servicio de valoración de la dependencia, se estudia
la solicitud, se prepara la valoración funcional y se analiza el informe de
salud. Finalizado este punto, contactan con la persona solicitante para acordar
una visita de valoración en el domicilio. A partir del informe de valoración
que realizan tras la visita, el Consorci de Serveis Socials emitirá la
resolución de grado de dependencia.
¿Cuántos grados de dependencia existen?
Existe un baremo de valoración de la dependencia
(BVD) que distingue 3 grados:
1. Grado I: Dependencia moderada
La persona necesita ayuda para realizar algunas actividades básicas de la vida
diaria, al menos una vez al día.
2. Grado II: Dependencia severa
La persona necesita ayuda para realizar algunas actividades básicas de la vida
diaria, al menos dos o tres veces al día.
3. Grado III: Gran dependencia
La persona necesita ayuda frecuente para realizar algunas actividades básicas
de la vida diaria, bastantes veces al día.
Estos grados no son definitivos, sino que se
pueden revisar según el declive de autonomía de la persona.
¿Qué es el PIA?
El programa individual de atención (PIA) es
el documento que determina las modalidades de intervención (servicios y/o
prestación económica) más adecuadas a las necesidades de las personas
reconocidas con un grado de dependencia.
El proceso inicia con la resolución de reconocimiento de grado de dependencia.
La persona es citada por el/la trabajador/a social del ayuntamiento y se
entrevista para conocer sus preferencias en cuanto a servicios y prestaciones
que contempla la Ley.
Algunos ejemplos:
*Servicios: Atención domiciliaria,
teleasistencia, centro de día...
*Prestaciones: Prestación vinculada al centro
de dia (PEV's), Prestación Cuidador/a no profesional...
¿Qué me ofrecen los centros Amunt cuando mi
familiar tiene reconocido un grado de dependencia?
Nuestros centros son colaboradores y
acreditados por la Generalitat de Catalunya. Esto quiere decir que CR Amunt y
Avi Amunt (centros colaboradores) ofrecen plazas colaboradoras que son
subvencionadas por la Generalitat, la persona beneficiaria realiza un copagoy
por otro lado también ofrecen plazas privadas con la ventaja de poder tramitar
la prestación económica que ayuda a pagar el coste de dicha plaza. Neuro Amunt
(centro acreditado) ofrece plazas privadas con la misma ventaja de poder
tramitar la prestación económica.